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Detectar Problemas en una red LAN

Miércoles, 3 de Junio de 2009 webmaster Sin comentarios

Atrévete a ser tu propio técnico informático para poder solucionar todos aquellos imprevistos que se te presenten en cualquier momento.

En ocasiones en una red LAN nos encontraremos con problemas para conectar unos ordenadores con otros, conectar a Internet o acceder al servidor de datos. No sería lo más adecuado ponernos a realizar cambios sin antes haber hecho unas mínimas comprobaciones, que nos permitan evaluar el problema, y seguramente nos ahorren tiempo en nuestras reparaciones.

En este curso podrás diagnosticar los problemas de red que te aparezcan en tu ordenador utilizando las herramientas y software incluidos en los ordenadores.

El procedimiento es el siguiente:

  1. Comprobar.
  2.  Hacer un diagnostico a partir de las pruebas.
  3. Hacer las modificaciones necesarias, para volver a funcionar.

 

1.- Software
Los problemas que podemos encontrar en las redes  de ordenadores, los podemos dividir en:

  • Problemas de Software: Problemas de Aplicación, protocolos incompatibles  direcciones IP en conflicto, tablas de enrutamiento mal configuradas,etc.
  • Problemas de Hardware: Tarjetas de red, routers, switch, etc.
  • Problemas físicos: Conectores en mal estado, cables rotos, oxidación de contactos, ect.

Para poder detectar los problemas, los Leer más…

 

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Atajos en Ms Word

Martes, 21 de Abril de 2009 webmaster Sin comentarios

Ahora que ya tenemos los Atajos en Windows Alt + Ctrol + Supr, seguimos con esta colección y ahora veremos las teclas que nos pueden ayudar en la elaboración de documentos con Ms Word.

Abrir Ctrl+ A

Abrir Ctrl+ F12

Actualizar Autoformato Alt+Ctrl+ U

Actualizar Campos Alt+Ctrl+ F9

Actualizar Campos Alt+Mayus+ U

Actualizar Fuente Ctrl+Mayus+ F7

Alternar Mostrar Campo Mayus+ F9

Anterior Ctrl+Mayus+ F6

Anterior Alt+Mayus+ F6

Aplicar Maximizar Alt+ F10 Leer más…

 

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Características del empresario

Jueves, 26 de Marzo de 2009 webmaster Sin comentarios

Un Empresario es una persona física o individual, así como jurídica o social, que por sí misma o por mediación de sus representantes, ejercita y desarrolla una actividad empresarial mercantil, en nombre propio, con habitualidad, adquiriendo la titularidad de las obligaciones y derechos que se derivan de tal actividad, siendo esta una actividad organizada en función de una producción o un intercambio de bienes y servicios en el mercado.

Características del empresario

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Despido Justificado e Injustificado

Sábado, 10 de Enero de 2009 webmaster 17 comentarios

Despido InjustificadoEl tema del despido es muy especial, aun entre los expertos del derecho laboral; no obstante, seguiremos lo señalado por los artículos de la Ley Federal del Trabajo y trataremos de ajustarnos a lo que en la practica se resuelve en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, aclarando que existen diferentes criterios entre los miembros de integran diversas juntas en nuestro país.

En el artículo 5 de la Ley Federal del trabajo se indica que las normas contenidas en ella son del orden público, por lo que no producirá efecto legal alguno, ni impedirá el ejercicio de los derechos, la estipulación, sea escrita o verbal, en donde se establezca, entre otros puntos, la renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados e las normas del trabajo. En caso de que se llegue a establecer alguna renuncia, incluso por escrito, sobre algún derecho laboral en perjuicio del trabajador, se aplicará la ley o las normas supletorias, si así procede.

Todos sabemos que muchos trabajadores prestan sus servicios en condiciones inferiores a las que señala la ley, e incluso otros más llevan varios años en esta situación y no sucede absolutamente nada. Es evidente que en este tipo de relaciones laborales, si el trabajador no decide acudir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para reclamar lo que conforme a la ley le corresponda, no va a ocurrir nada; pero si en algún momento pretende ejercitar su derecho, tendrá la posibilidad de obtener una resolución favorable que le otorgue los beneficios que le corresponden.

Pensemos que uno de estos trabajadores es despedido en forma injustificada y en su demanda solicita la reinstalación de su empleo, en caso de que llegara a obtener un laudo favorable en donde se condenare al patrón a reinstalarlo y éste se negara a cumplir dicho laudo y decidiera pagarle las indemnizaciones legales, debería cumplir con las normas mínimas de trabajo que son las que señala la ley; por lo tanto, no podría argumentar que el trabajador siempre aceptó condiciones inferiores de trabajo a las establecidas en la ley, pues como ya se dijo, estos derechos son irrenunciables.

Para obtener una indemnización en términos de ley, es necesario que exista un despido injustificado y claro es indispensable saber cuándo un despido es injustificado y cuándo no lo es.

Según la Ley federal de Trabajo, Existen dos tipos de extinción de la relación laboral: la terminación y la rescisión. En el artículo 53 de la ley, textualmente dice:

ARTICULO 53

SON CAUSAS DE TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO:

I. EL MUTUO CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES;
II. LA MUERTE DEL TRABAJADOR;
III. LA TERMINACIÓN DE LA OBRA O VENCIMIENTO DEL TERMINO O INVERSIÓN DEL CAPITAL, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 36, 37 Y 38;
IV. LA INCAPACIDAD FÍSICA O MENTAL O INHABILIDAD MANIFIESTA DEL TRABAJADOR, QUE HAGA IMPOSIBLE LA PRESTACIÓN DEL TRABAJO; Y
V. LOS CASOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 434.

 

ARTICULO 434
SON CAUSAS DE TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO:

I. LA FUERZA MAYOR O EL CASO FORTUITO NO IMPUTABLE AL PATRÓN, O SU INCAPACIDAD FÍSICA O MENTAL O SU MUERTE, QUE PRODUZCA COMO CONSECUENCIA NECESARIA, INMEDIATA Y DIRECTA, LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS;
II. LA INCOSTEABILIDAD NOTORIA Y MANIFIESTA DE LA EXPLOTACIÓN;
III. EL AGOTAMIENTO DE LA MATERIA OBJETO DE UNA INDUSTRIA EXTRACTIVA;
IV. LOS CASOS DEL ARTICULO 38; Y
V. EL CONCURSO O LA QUIEBRA LEGALMENTE DECLARADO, SI LA AUTORIDAD COMPETENTE O LOS ACREEDORES RESUELVEN EL CIERRE DEFINITIVO DE LA EMPRESA O LA REDUCCIÓN DEFINITIVA DE SUS TRABAJOS.

Como se puede apreciar, en estos artículos se indican las causas de la terminación de la relación laboral, las cuales no dan al trabajador el derecho a ser indemnizado en forma legal.

En el Artículo 46 de la Ley Federal del Trabajo se dispone que tanto el trabajador como el patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la relación laboral que los una, siempre que tengan causa justificada para hacerlo.

 

ARTICULO 46

EL TRABAJADOR O EL PATRÓN PODRÁ RESCINDIR EN CUALQUIER TIEMPO LA RELACIÓN DE TRABAJO, POR CAUSA JUSTIFICADA, SIN INCURRIR EN RESPONSABILIDAD.

 

Es importante notar, que se hace mención a la existencia de una causa justificada como requisito indispensable para poder rescindir la relación de trabajo; en sentido inverso, podemos afirmar que si la causa por la que se rescinde la relación es injustificada, se incurrirá en responsabilidad.

Para terminar lo expuesto, hay dos formas de extinguir la relación laboral: por terminación y por rescisión.

La terminación no da derecho al trabajador a solicitar el pago de indemnización alguna, salvo que la fuente de trabajo vaya a a ser cerrada total o parcialmente en forma definitiva.
La rescisión puede ejercitarse por el patrón y por el trabajador, y ser justificada o no. Quien la ejercite deberá probar que fue justificada, ya que de no hacerlo será responsable de las consecuencias legales que ello implica.

 

Enlaces que pueden interesarte:
Asesoría jurídica en linea

cem.itesm.mx
ARTICULO 53

info4.juridicas.unam.mx
ARTICULO 434

 

Actualización:
Como parte del PROGRAMA VIRTUAL DE ASESORÍA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA. El CULDCM ahora tiene una sección de asesoría jurídica en linea donde brinda asesoría legal a las personas que tienen problemas legales y no saben ante que autoridad recurrir o que derechos tienen para defenderse. Solo deben de enviar su consulta mediante un formulario tu pregunta con la mayor cantidad de detalles posible y abogados titulados y estudiantes destacados con gran experiencia y profesionalismo le orientarán en su problema jurídico sin ningún costo.

La respuesta será publicada por medio del seudónimo para ayudar a otras personas que podrían estar en un caso similar o bien puedes decir que no se publique y recibir la asesoría en tu correo electrónico.